La Ciudad | Autor: redacción | 23-03-2023
Perpetua para FarÃas
Caso LucÃa Pérez

Condenaron a prisión perpetua a MatÃas FarÃas por femicidio. El Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 además condenó a Juan Pablo Offidani a 8 años de prisión por considerarlo partÃcipe secundario en el abuso sexual y el femicidio.
El Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 condenó a la pena de prisión perpetua a Matías Farías por el abuso sexual y el femicidio de Lucía Pérez (16), mientras que los jueces consideraron a Juan Pablo Offidani como partícipe secundario de esos delitos y le adjudicaron una pena de 8 años.
Los jueces jueces Gustavo Fissore, Alexis Simaz y Roberto Falcone solo leyeron la resolución final, que fue por unanimidad salvo en la calificación legal correspondiente a Farías, que fue por mayoría con los votos de Falcone y Simaz.
Los magistrados del Tribunal N° 2 condenaron a Matías Farías a prisión perpetua por el delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar la muerte de la persona ofendida, por el suministro de estupefacientes y en el marco de un contexto de violencia de género, en concurso ideal con femicidio”.
En cuanto a Juan Pablo Offidani, los jueces entendieron que es penalmente responsable de ser partícipe secundario del crimen de Lucía Pérez y lo condenaron a 8 años de prisión que, como ya tenía una pena por la venta de drogas en el juicio anterior, resolvieron unificarle ambas condenas para que cumpla 15 años de pena en prisión.
Además, los jueces en la sentencia instaron a que se inicie una investigación para constatar si hubo o no terceras personas en la casa de Farías donde ocurrió el abuso sexual de la adolescente y su femicidio.
Cabe recordar, en el alegato del fiscal Leandro Arévalo y en el de las representantes de la familia de la menor, habían solicitado la pena de prisión perpetua para Farías.
Donde sí hubo diferencias en la acusación fue en el caso de la situación de Offidani, el fiscal Arévalo lo había considerado “partícipe secundario”, por lo que pidió que sea sentenciado a 20 años de cárcel, mientras que las abogadas Verónica Heredia y María Florencia Piermarini consideraron que su participación fue “necesaria” y, por lo tanto, debía recibir la misma pena que la de Farías.
Si bien no leyeron los fundamentos de la sentencia, los jueces fallaron en sintonía con lo planteado por el fiscal.
Las defensas de ambos imputados, la defensora oficial Laura Solari para Farías y los abogados particulares César Sivo y Romina Merino para Offidani, habían rechazado las acusaciones y solicitado la absolución de ambos.
Cabe recordar, las defensas habían pedido la nulidad del juicio por considerar que hubo un “avasallamiento de los derechos humanos” de sus defendidos y una “indebida intromisión del Poder Ejecutivo sobre el Poder Judicial”. En ese sentido, cuestionaron la calificación anticipada de “femicidio” y de “escandalosa absolución” de la primera sentencia realizada por el presidente Alberto Fernández, tras un reciente encuentro con Marta Montero y Guillermo Pérez, padres de la adolescente de 16 años.
Los defensores consideraron que estaba en riesgo la imparcialidad de los jueces, debido a “una burda, flagrante y prohibida intromisión de poderes”, pero los magistrados rechazaron el planteo.
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